
Información y canal para denunciar acoso laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo, según la Ley 21.643. Todas las denuncias se tratan con estricta reserva y con medidas de resguardo desde su recepción.
La Ley 21.643, conocida como Ley Karin, modificó el Código del Trabajo para prevenir, investigar y sancionar el acoso laboral, el acoso sexual y la violencia en el trabajo. Rige desde el 1 de agosto de 2024.
Agresión u hostigamiento, por cualquier medio y aunque ocurra una sola vez, que cause menoscabo, maltrato o humillación, o que amenace o perjudique la situación laboral o las oportunidades en el empleo de quien lo recibe.
Requerimientos de carácter sexual realizados en forma indebida, por cualquier medio y no consentidos por quien los recibe, que amenacen o perjudiquen su situación laboral o sus oportunidades en el empleo.
Conductas de personas ajenas a la relación laboral, como clientes, proveedores o usuarios, que afecten a quienes trabajan en Electrogas con ocasión de su trabajo.
Contamos con un protocolo de prevención, investigación y sanción del acoso sexual, el acoso laboral y la violencia en el trabajo, y con un procedimiento de investigación incorporado a nuestro Reglamento Interno, como exige la ley.
Identifica los riesgos, define cómo prevenirlos y se da a conocer a todas las personas que trabajan en Electrogas.
Dentro de 3 días desde la denuncia, se inicia la investigación interna o se deriva a la Inspección del Trabajo. La investigación concluye en un plazo máximo de 30 días.
Recibida la denuncia, se adoptan de inmediato medidas de protección, por ejemplo, separando espacios, redistribuyendo la jornada u ofreciendo atención psicológica temprana a través de la ACHS.
El informe se envía a la Inspección del Trabajo, que tiene 30 días para pronunciarse. Con su pronunciamiento, o vencido ese plazo, las medidas o sanciones se aplican dentro de 15 días y se informan a ambas partes.
Puedes denunciar por escrito o de forma verbal. Tu denuncia la gestionan exclusivamente la Jefatura de Recursos Humanos y la Gerencia General.
Nombre, RUT y correo personal de la persona afectada; quién o quiénes son las personas denunciadas y su cargo, si lo sabes; qué relación tiene la persona afectada con ellas; y qué pasó, cuándo y dónde. Si hay testigos u otros antecedentes, puedes agregarlos.
Una persona designada, con formación en acoso, género o derechos fundamentales y sin relación con los hechos. La investigación también puede quedar a cargo de un investigador externo o de la Inspección del Trabajo.
Todo el procedimiento se lleva en estricta reserva.
Medidas de protección desde que se recibe la denuncia.
La investigación concluye en un máximo de 30 días.
Nadie puede ser perjudicado por denunciar de buena fe.
Sobre la servidumbre no se pueden plantar árboles ni arbustos de raíces profundas, construir ni abrir caminos sin avisar antes a Electrogas. Si vas a trabajar cerca, pide una visita antes de empezar: te asesoramos en terreno.
Puedes presentar tu denuncia ante la Dirección del Trabajo, en línea en el portal Mi DT o en cualquier Inspección del Trabajo. Si la denuncia la recibimos nosotros, también podemos derivarla a la Inspección del Trabajo para que ella investigue.
Ir al trámite de la Dirección del Trabajo
Sí. Todo el procedimiento se lleva en estricta reserva. La información solo la conocen quienes intervienen en él y la Dirección del Trabajo.
No. Basta con tu relato. Si tienes testigos, correos, mensajes, fotografías u otros antecedentes, puedes aportarlos.
Se adoptan medidas de resguardo y, dentro de 3 días, se inicia la investigación interna o se deriva a la Inspección del Trabajo. Ambas partes son escuchadas y pueden presentar testigos y pruebas. La investigación concluye en un máximo de 30 días, sus conclusiones se envían a la Inspección del Trabajo y las medidas adoptadas se informan a ambas partes.
Sí. Puedes acceder a atención psicológica a través de la ACHS, nuestro organismo administrador de la Ley 16.744.
Algunos hechos, como una agresión física, un abuso sexual o amenazas, pueden ser delitos. En ese caso, puedes denunciarlos ante la Fiscalía, Carabineros o la PDI. Esta denuncia es independiente de la que hagas en la empresa, y puedes hacer ambas.
Fiscalía: 600 333 0000, en www.fiscaliadechile.cl o en cualquier fiscalía.
Carabineros: 133 o en cualquier comisaría.
PDI: 134 o en cualquier cuartel de la PDI.
La empresa te dará las facilidades necesarias para presentar la denuncia.
No. Denunciar de buena fe no puede tener consecuencias para tu trabajo.