Antes de excavar

Cómo trabajar cerca del gasoducto sin riesgo

El mayor riesgo para los ductos son las intervenciones de terceros. Para prevenirlas, te pedimos:

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    No excaves sin autorización

    No excaves ni intervengas dentro de los límites de la servidumbre ni cerca de la señalética. Tampoco permitas que otros lo hagan sin autorización.

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    Si tienes dudas, llámanos antes

    Llama al 800 360 133 y pide que vaya personal de Electrogas a verificar si hay un ducto y a darte instrucciones.

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    Coordina antes de entrar con maquinaria

    No transites ni excaves con maquinaria sobre la servidumbre sin coordinarlo antes. Cualquier cruce del gasoducto debe ser informado y autorizado.

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    Te atendemos las 24 horas

    Nuestras líneas de atención funcionan las 24 horas, los 7 días de la semana.

Qué hacemos para prevenir intervenciones no autorizadas

Para mantener el control del gasoducto, hacemos vigilancia preventiva con:

  • Vuelos de inspección con avionetas y drones cada semana.
  • Patrullaje con personal propio en las servidumbres.
  • Contacto con propietarios y residentes de los predios con servidumbre, empresas de servicios (electricidad, agua, gas y comunicaciones), juntas de vecinos, municipalidades y sus Direcciones de Obras.
Y coordinamos en forma permanente con
  • Carabineros de Chile
  • Bomberos de Chile
  • SENAPRED, Gobierno de Chile
  • Municipalidades

    Lo más buscado

    Ante una emergencia o antes de excavar, llama al 800 360 133, las 24 horas.

    Ley Karin

    Un trabajo libre de acoso y violencia.

    Información y canal para denunciar acoso laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo, según la Ley 21.643. Todas las denuncias se tratan con estricta reserva y con medidas de resguardo desde su recepción.

    Qué cubre

    Tres conductas que no aceptamos.

    La Ley 21.643, conocida como Ley Karin, modificó el Código del Trabajo para prevenir, investigar y sancionar el acoso laboral, el acoso sexual y la violencia en el trabajo. Rige desde el 1 de agosto de 2024.

    • Acoso laboral

      Agresión u hostigamiento, por cualquier medio y aunque ocurra una sola vez, que cause menoscabo, maltrato o humillación, o que amenace o perjudique la situación laboral o las oportunidades en el empleo de quien lo recibe.

    • Acoso sexual

      Requerimientos de carácter sexual realizados en forma indebida, por cualquier medio y no consentidos por quien los recibe, que amenacen o perjudiquen su situación laboral o sus oportunidades en el empleo.

    • Violencia en el trabajo

      Conductas de personas ajenas a la relación laboral, como clientes, proveedores o usuarios, que afecten a quienes trabajan en Electrogas con ocasión de su trabajo.

    Protocolo y procedimiento

    Prevenir, investigar y resguardar.

    Contamos con un protocolo de prevención, investigación y sanción del acoso sexual, el acoso laboral y la violencia en el trabajo, y con un procedimiento de investigación incorporado a nuestro Reglamento Interno, como exige la ley.

    • Protocolo de prevención

      Identifica los riesgos, define cómo prevenirlos y se da a conocer a todas las personas que trabajan en Electrogas.

    • Investigación en 30 días

      Dentro de 3 días desde la denuncia, se inicia la investigación interna o se deriva a la Inspección del Trabajo. La investigación concluye en un plazo máximo de 30 días.

    • Medidas de resguardo

      Recibida la denuncia, se adoptan de inmediato medidas de protección, por ejemplo, separando espacios, redistribuyendo la jornada u ofreciendo atención psicológica temprana a través de la ACHS.

    • Conclusiones y medidas

      El informe se envía a la Inspección del Trabajo, que tiene 30 días para pronunciarse. Con su pronunciamiento, o vencido ese plazo, las medidas o sanciones se aplican dentro de 15 días y se informan a ambas partes.

    Canal de denuncias Ley Karin

    Denuncia de forma segura.

    Puedes denunciar por escrito o de forma verbal. Tu denuncia la gestionan exclusivamente la Jefatura de Recursos Humanos y la Gerencia General.

    • Qué incluir

      Nombre, RUT y correo personal de la persona afectada; quién o quiénes son las personas denunciadas y su cargo, si lo sabes; qué relación tiene la persona afectada con ellas; y qué pasó, cuándo y dónde. Si hay testigos u otros antecedentes, puedes agregarlos.

    • Quién investiga

      Una persona designada, con formación en acoso, género o derechos fundamentales y sin relación con los hechos. La investigación también puede quedar a cargo de un investigador externo o de la Inspección del Trabajo.

    Cómo denunciar

    Por escrito
    Al correo [email protected]. Solo la Jefa de Recursos Humanos y el Gerente General tienen acceso a este correo.
    De forma verbal
    Ante tu jefatura directa o cualquier gerente de la empresa. Se levanta un acta, que firmas, y recibes una copia.
    Si la denuncia involucra a alguien de Recursos Humanos
    No uses el correo de denuncias. Preséntala directamente al Gerente General, de forma verbal o por escrito, o ante la Dirección del Trabajo.
    • Confidencial

      Todo el procedimiento se lleva en estricta reserva.

    • Con resguardo

      Medidas de protección desde que se recibe la denuncia.

    • Con plazo

      La investigación concluye en un máximo de 30 días.

    • Sin represalias

      Nadie puede ser perjudicado por denunciar de buena fe.

    ELECTROGASADVERTENCIATUBERÍA DE GAS DEALTA PRESIÓNANTES DE EXCAVAR O EN EMERGENCIALLAMAR A: 800 360 13399079 3532
    Así se ve la señalética sobre la servidumbre.

    Si vas a excavar cerca de la servidumbre, la llamada es antes.

    Sobre la servidumbre no se pueden plantar árboles ni arbustos de raíces profundas, construir ni abrir caminos sin avisar antes a Electrogas. Si vas a trabajar cerca, pide una visita antes de empezar: te asesoramos en terreno.

    Dirección del Trabajo

    También puedes ir a la Inspección del Trabajo.

    Puedes presentar tu denuncia ante la Dirección del Trabajo, en línea en el portal Mi DT o en cualquier Inspección del Trabajo. Si la denuncia la recibimos nosotros, también podemos derivarla a la Inspección del Trabajo para que ella investigue.

    Ir al trámite de la Dirección del Trabajo
    Fachada de la Inspección Provincial del Trabajo de Los Andes, con su placa institucional
    Preguntas frecuentes

    Lo que conviene saber.

    ¿Mi denuncia es confidencial?

    Sí. Todo el procedimiento se lleva en estricta reserva. La información solo la conocen quienes intervienen en él y la Dirección del Trabajo.

    ¿Necesito pruebas para denunciar?

    No. Basta con tu relato. Si tienes testigos, correos, mensajes, fotografías u otros antecedentes, puedes aportarlos.

    ¿Qué pasa después de denunciar?

    Se adoptan medidas de resguardo y, dentro de 3 días, se inicia la investigación interna o se deriva a la Inspección del Trabajo. Ambas partes son escuchadas y pueden presentar testigos y pruebas. La investigación concluye en un máximo de 30 días, sus conclusiones se envían a la Inspección del Trabajo y las medidas adoptadas se informan a ambas partes.

    ¿Recibo algún apoyo?

    Sí. Puedes acceder a atención psicológica a través de la ACHS, nuestro organismo administrador de la Ley 16.744.

    ¿Qué hago si lo que viví puede ser un delito?

    Algunos hechos, como una agresión física, un abuso sexual o amenazas, pueden ser delitos. En ese caso, puedes denunciarlos ante la Fiscalía, Carabineros o la PDI. Esta denuncia es independiente de la que hagas en la empresa, y puedes hacer ambas.

    Fiscalía: 600 333 0000, en www.fiscaliadechile.cl o en cualquier fiscalía.

    Carabineros: 133 o en cualquier comisaría.

    PDI: 134 o en cualquier cuartel de la PDI.

    La empresa te dará las facilidades necesarias para presentar la denuncia.

    ¿Puedo sufrir represalias por denunciar?

    No. Denunciar de buena fe no puede tener consecuencias para tu trabajo.